A solicitud de la Superintendencia de Seguros (SUGESE), mediante acuerdo de Superintendente, SGS-DES-A-031-2014 cuyo objetivo de alcanzar claridad informativa y transparencia en el ámbito del mercado asegurador. Se pone a disposición de todos nuestros clientes la «Carta de Derechos de los Consumidores» Descárguela aquí
En esta sección les presentamos algunas de las consultas más frecuentes que recibimos. Recuerde que usted es la prioridad para nosotros, puede escribirnos o llamarnos y con gusto le asesoramos.
¿Qué cubre una póliza de gastos médicos?
Los seguros de Gastos Médicos mediante el pago de la prima correspondiente, cubre los gastos hospitalarios, atención médica, intervenciones quirúrgicas, alimentos, medicamentos, análisis clínicos, rayos x, otros, de las personas aseguradas.
¿Qué debo de presentar en caso de un reclamo de gastos médicos?
a- El Formulario “Solicitud de Beneficios” debidamente cumplimentado.
b- Facturas originales (las fotocopias no se consideran documentación válida).
c- Prescripciones y recetas médicas.
d-Resultados de los exámenes.
¿Qué pasa si un mes no reporto la planilla en mi póliza de riesgos del trabajo?
El INS tomará la última planilla presentada para calcular la prima del seguro, cabe destacar que los siniestros de trabajadores que no fueron reportados en este mes no se amparan.
¿Qué debo hacer en caso de Accidente vehicular?
-Reportarlo a la aseguradora y llamar al Inspector de Tránsito al 911.
-Enterarnos a nosotros para darles el debido seguimiento.
¿Quién vende seguros de gastos médicos en el país?
Este producto es ofrecido en modalidad colectiva e individual, nosotros negociaríamos por usted comparando las opciones que mejor se adapten a sus necesidades y que ofrecen las Aseguradoras que están registradas en el país.
¿Qué respaldo tengo como consumidor frente a una compañía de seguros extranjera?
Lo esencial es verificar si la entidad está autorizada ante la Superintendencia General de Seguros (SUGESE) y si, además de estar supervisada en Costa Rica, lo está en su país de origen. El régimen de supervisión tiene instancias para plantear sus consultas y denuncias en caso de disconformidad con la aseguradora. Es importante tener claro, eso sí, que la supervisión de SUGESE no significa una coadministración y, en consecuencia, será la aseguradora la única responsable por sus acciones.